DE JUSTICIA Y PAZ HACE OBSERVACIÓN SOBRE PROCESO ELECTORAL
Justicia y Paz, sobre el proceso electoral.
brindado
desequilibrios en la presencia los candidatos en los medios de comunicación. La
propaganda a favor de los candidatos gubernamentales son rotadas en una mayor
proporción en relación con las de candidatos de oposición.
instancia, de los medios y la libertad de prensa que existe en Panamá y no
debiera cuestionarse en democracia. Por otro lugar las rotaciones de las propagandas
obedecen al aporte económico que gestionan los comandos de las diversas campañas,
decir lo contrario sería afirmar la comisión de un delito que debería probarse.
información respecto a la financiación privada de las campañas electorales, lo
que puede generar dudas en la sociedad Panameña sobre los orígenes de estos
recursos y abrir espacios para la posible influencia de organizaciones y
recursos ilegales.
financiamiento solo es abierto ante el Tribunal Electoral. Dura lex sed lex.
Hasta que se reforme el código electoral, esta es materia tabú.
vieron teñidos de ataques personales y “campaña sucia” ocasionando muy poco
debate sobre propuestas de solución a los problemas de los panameños.
a quienes se estaban refiriendo como infractores del código, para ver si no se está
confundiendo la campaña sucia de la negativa.
la emisión de la Resolución de 31 de octubre de 2013, emitida por la Sala
Tercera de la Corte Suprema de Justicia, por medio de la cual se dejaba sin
efecto una decisión exclusiva y privativa del Tribunal Electoral.
tercera actuó mal, sobre el tema abordado
inclusión de una reglamentación sobre la participación de las de mujeres
en las postulaciones a cargos de elección, hacemos notar que ninguno de los
partidos cumplió con la cuota establecida en las disposiciones electorales.
electoral obliga en el artículo 239 a la secretaria de la mujer de los partidos
el firmar las listas de postulaciones. O sea, se le esta imputando cargos a
esta secretaria, por lo que los partidos debieran pronunciarse al respecto.
esfuerzos claros por parte de los partidos políticos a incluir en las
postulaciones a afropanameños y afropanameñas lo que aún se convierte en un
reto para procesos futuros.
en los procesos democráticos internos de los partidos. Los miembros de los
colectivos son libre por Constitución, de escoger a quien le plazca.
por los partidos políticos en la inclusión de la temática indígena, tanto en la
postulación de personas pertenecientes a estos colectivos como en la
presentación de propuestas concretas a sus problemáticas.
en los procesos democráticos internos de los partidos. Los miembros de los
colectivos son libre por Constitución, de escoger a quien le plazca.
discapacidad, reconocemos la labor del Tribunal Electoral a través del Programa
Actualízate, que les permite ser incluidas en el Padrón Electoral. No
obstante, la accesibilidad no se limita a rampas; sino que incluye otras
necesidades que tienen las personas con discapacidad que en la mayoría de
las instalaciones y centro de votación no existen.
que no se han abordado en los centros de votación.