Ante el panorama de los jamones, el excontralor Alvin Weeden opinó que ya la Contraloría debió abrir una investigación a Gálvez porque, dijo, está claro que ha utilizado recursos del Estado de manera política.
Desde el punto de visto jurídico es errado afirmar que la Contraloría puede auditar a un diputado por que lo prohíbe la Constitución nacional.
Afirmar lo contrario es simplemente un morbo y un desconocimiento de la ley.
Los diputados solo pueden ser investigados por la Corte.
Constitución
ARTICULO 206. La Corte Suprema de Justicia tendrá, entre sus atribuciones constitucionales y legales, las siguientes:
…
3. Investigar y procesar a los Diputados. Para efectos de la investigación, el Pleno de la Corte Suprema de Justicia comisionará a un agente de instrucción.
¿Habrá peculado por destino, en esto?
Medios de comunicación informan que conforme a los Documentos disponibles en la página web de PanamáCompra dan cuenta de que la junta comunal de El Chorrillo, a cargo de Keira Navarro, suplente de Gálvez, a través de un proceso de licitación abreviada compró 30 mil jamones a Proveedora Táchira, S.A. para ser distribuidos en el circuito 8-7 [San Felipe, Santa Ana, Calidonia, Curundú, Ancón, Bella Vista, Betania y Pueblo Nuevo].
Si esto es así, tampoco habría méritos para el peculado, a mi juicio, ya que se hizo un acto público, para la adquisición de los jamones, del que salió un contrato público que debió ser refrendado por Contraloría, que debió verificar antes de firmarlo, los costos de los jamones y el procedimiento legal que se utilizó.
Existe un principio de presunción de legitimad en el derecho público que reza que un acto administrativo es válido hasta que la corte diga lo contrario. En tal sentido, todo lo ejecutado en torno a los jamones, es correcto, toda vez que no gravita tacha ante la corte. Mal puede investigarse a un diputado por un acto público realizado de acuerdo a la ley 22 de 2006 y es más, existe un contrato refrendado por Contraloría, que nadie a demandado por ilegal ante la Corte. Tampoco consta que se haya demando el acto público, por lo que hoy se imputa.
Lo que si me inquieta a mí, es que una junta comunal tenga la capacidad económica para hacer tal adquisición y otras no; porque les faltó el recurso económico para ello; pero en este caso, los que deben rendir cuenta sobre esto, son los que asignan las partidas presupuestarias y no el que hizo el acto público. Debe haber justicia en la distribución de los haberes estatales.
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