El Acto Constitucional No. 1 que reforma la Constitución Política de la República de Panamá, tiene positivos y negativos, bajo mi óptica.
A continuación, los que más me llamaron la atención.
Positivos.
- La acción de amparo se podrá interponer también, contra actos de particulares que presten un servicio público, cumplan una función pública o ejecuten acciones arbitrarias.
- La gratuidad de la educación, hasta el grado universitario.
- Se reconoce la autonomía, a todas las universidades oficiales.
- Se reconoce la autonomía, a nivel constitucional, de la CSS.
- Se obliga al Estado, a enfrentar el cambio climático.
- Establece un tribunal constitucional.
- Garantiza la carrera electoral.
- Los diputados solo podrán reelegirse por un periodo adicional.
- La eliminación del procesamiento en ambas vías, entre diputados y magistrados.
- Se establece la doble instancia, en la jurisdicción contencioso-administrativa.
Negativos.
- Restringe el ejercicio de la libre postulación.
- Se les da salarios permanentes, a los suplentes a diputados.
- El procurador de la administración será el idóneo para investigar a los diputados, desnaturalizando la figura.
- La creación de un fiscal especial superior.
- La aprobación de la censura, que hará necesaria la remoción de un ministro.
- La concesión de vacaciones y sanciones de los funcionarios de alto perfil, nombrados por la Asamblea Nacional.
- El aumento de 15 años, en el cargo de magistrado.
- La destinación del 6% de los ingresos corrientes del gobierno central, a los fondos municipales, para garantizar el desarrollo de los distritos, sin mayor consulta ejecutiva sobre el rubro.
- La asamblea podrá aumentar las erogaciones sin el aval del poder ejecutivo.
- La falta de inclusión de las propuestas, de muchos ciudadanos que participamos en los diversos talleres sobre el tema.
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