Medios informan que la Contraloría General de la República, está imponiendo un nuevo requisito para avalar las becas de los entes ut supra y es, un estudio socio económico. No es ocioso afirmar, que la Corte Suprema de Justicia ya le ha señalado a la Contraloría, que no puede plantear observaciones subjetivas al momento de valorar un refrendo, por lo tanto, la Contraloría debiera analizar el cumplimiento de los requisitos previamente establecidos, sin exigir otros que no están precisados en el procedimiento, para valorar el refrendo y en tal sentido, no alejarse del marco constitucional.
La Corte Suprema, Sala Tercera, dijo: “De allí, que la Contraloría General de la República debe concretarse a determinar si el contrato presentado para su refrendo, cumple con los condicionamientos para obtener dicha aprobación, esto es, si es legal y económicamente viable. En este discernimiento, no pueden utilizarse apreciaciones subjetivas que se refieren a la etapa precontractual, como lo sería, la evaluación de las propuestas, la calificación de si éstas se ajustaban o no, al Pliego de Cargos, o si representaban la mejor opción para los intereses del licitante, actividad que como queda expuesto, sólo compete a la entidad contratante. Importa recordar, finalmente, que si existe un enjuiciamiento sobre la legalidad de las actuaciones relacionadas con el acto público, corresponde a la Sala Tercera, la determinación sobre la conformidad legal de dicha actuación, a través de la presentación de las acciones jurisdiccionales idóneas para tal fin.” Resolución del 8 de junio de 2007. Entrada. No. 58-07
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