Enriquecimiento Injustificado

Enriquecimiento Injustificado

 

El enriquecimiento injustificado tiene lugar cuando el servidor público o ex servidor público, durante el desempeño de su cargo o dentro del año siguiente al término de sus funciones, se encuentre en posesión de bienes, sea por sí o por interpuesta persona natural o jurídica, que sobrepasen los declarados o los que probadamente superen sus posibilidades económicas, y no pueda justificar su origen.

También se considera enriquecimiento injustificado, cundo no pueda justificar la extinción de obligaciones.

Para determinar el enriquecimiento injustificado, se tomará en cuenta:

  1. La situación patrimonial del investigado.
  2. La cuantía de los bienes objeto del enriquecimiento injustificado, en relación con sus ingresos y gastos ordinarios.
  3. La ejecución de actos que revele falta de probidad en el ejercicio del cargo y que guarde relación causal con el enriquecimiento injustificado.
  4. Las ventajas económicas derivadas de la celebración o ejecución de contratos u otros actos de manejo, con entidades públicas

 

Prueba en este caso.

Podría ser, la declaración que dio la persona ante la Contraloría General, al momento de asumir el cargo público y las certificaciones sobre las propiedades actuales.

 

Papel de la Contraloría General sobre el tema, en las partidas circuitales

 

Este ente podría hacer una auditoría en sede administrativa, para saber si ha habido algún  enriquecimiento injustificado de los Diputados que en el quinquenio anterior, manejaron las llamadas partidas circuitales, sin que necesite para tal fin, autorización del Órgano Judicial, pues ya la Corte en Pleno se lo dijo en la decisión 19 de octubre de 2017.

 

Finalmente se enuncia que del informe que emitió el Ministerio de Economía y Finanzas se desprende que el Estado erogó del 2009 al 2014, la suma de 403, 496,332 millones de dólares, entre todos los Diputados y algunos de ellos pidieron la transferencia de los recursos en diferentes Juntas Comunales, Municipios, PAN, Prodec y OER, inclusive.

 

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