FIN DE LA ACCIÓN DE HÁBEAS DATA

FIN DE LA ACCIÓN DE HÁBEAS DATA

En sentencia del PLENO de la Corte Suprema de Justicia, del 23 de septiembre de 2011,esta corporación dictaminó que la acción de hábeas data no constituye un recurso que puedea ser utilizado para cualquier gestión ante la administración pública en reemplazo de los procedimientos administrativos o aún en reemplazo del derecho de petición que establece el artículo 41 de nuestra Carta Magna. Mucho menos puede ser utilizada para conocer normas legales que son publicadas en Gacetas Oficiales y que se entienden que son de conocimiento de todos los ciudadanos.

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