En sentencia del PLENO de la Corte Suprema de Justicia del 16 de marzo de 2017, se DECLARÓ inconstitucional, el Decreto proferido por la Contraloría General que regulaba, los donativos y subsidios otorgados en la Asamblea Nacional.
La Corte dijo que el constituyente optó por no asignarle competencia ni funciones a la Asamblea Nacional para que concedan subsidios y donativos.
“Según se observa, los fines constitucionales antes mencionados, que se deben alcanzar mediante otras instituciones nacionales y/o locales, no dan espacio para que la Asamblea Nacional pueda dedicarse a realizar actividades que no le corresponden, porque son propias de otras autoridades del Estado, como las relacionadas con los subsidios y donativos”. Dijo la Corte.
Finaliza la Corte plasmando que: “En este orden de ideas, si la Asamblea Nacional no puede otorgar subsidios y donativos, ninguna ley, decreto, reglamento, resolución o acto de cualquier naturaleza expedida por alguna Autoridad, puede regular la manera en que la Asamblea Nacional podría otorgar subsidios y donativos, pues la concesión de tales subsidios y donativos constituye una actividad que la Constitución determina que no es propia de la Asamblea Nacional”.
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