La función principal de un Diputado panameño es la de expedir leyes, pero que sean necesarias para el cumplimiento de los fines del Estado y acorde con las funciones de cada organismo público al momento de su creación. (Artículo 159 constitucional).
Es cuestionable que históricamente los gobiernos le hayan dado canonjías, a los integrantes del primer Órgano del Estado, con el deseo de mantenerlos sujetos al desiderátum del Poder Ejecutivo.
Esto no ha cambiado hoy lamentablemente y debiera cesar, para fortalecer la transparencia y la decencia, en los órganos de gobierno.
No es procedente que:
- Todos los diputados tengan la posibilidad de apoyar a las personas como antes se hacía con las llamadas partidas circuitales, con la finalidad de catapultarse en los futuros comicios.
- Cada miembro de la Asamblea Nacional tenga derecho a nombrar personal por contratos, hasta por 30 mil dólares mensuales. Aseveración hecha por el presidente de la Asamblea Nacional.
- Nadie los procesa por supuestos delitos electorales.
- Algunos diputados no asistan a sus sesiones, pero no se les descuenta el sueldo por eso.
Los ciudadanos decentes tenemos hoy la oportunidad de mandarles a nuestros políticos, este mensaje alto y claro: “Los Diputados están para legislar y no para servirse del Estado”.
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