El llamado “voto en plancha” es constitucional

El llamado “voto en plancha” es constitucional

En fallo del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, Pleno, con fecha de 28 de abril de 2016, pero recientemente suscrito por los magistrados; la más alta corporación de  justicia declaró inconstitucional la frase “La votación se realizará selectivamente, por un elector un voto. Por cada persona, votante o elector, se contará un voto,” del código electoral. Magistrado ponente: Abel Zamorano.

La Corte dijo:

“Al establecer la Constitución Política la existencia de circuitos plurinominales, esta diciéndoles a Ios votantes que la representación de ellos es plural y por lo tanto, deben tener derecho a votar por la totalidad de su representación. El votante en un circuito uninominal vota por la totalidad de su representación (que es uno), mientras que el votante de un circuito plurinominal debe poder votar por la totalidad de su representación (que puede ser 2, 3, 4, etc.). El criterio que se expone por algunas personas de una persona, un voto, solo tendría validez jurídica en el país si todos Ios circuitos fueran uninominales”.

 

La importancia de este fallo radica en ponderar la decisión de la corte sobre un tema, que debería fijar el lineamiento a seguir, en la futura reforma electoral a discutirse en los próximos meses en la Asamblea Nacional de Diputados.

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