Archivar en mayo 22, 2016

Cuestionamientos de nuestra de la Asamblea Nacional

Hoy gravita la  falta de claridad y/o  transparencia en el primer órgano del Estado panameño y la Asamblea Nacional, poco o nada hace para mejorar su imagen.

A continuación, algunos cuestionamientos hacia su gestión pública.

No desean modificar las normas internas, de tal manera que se permita el descuento del sueldo a los diputados que no van a las sesiones y limiten los privilegios que gravitan en pos de ellos.

Las bancadas adolecen de identidad, que sirva de contrapeso al Órgano Ejecutivo.

Como cuerpo colegiado la Asamblea,  no ha fortalecido los valores personales de sus miembros,  llevándolos al servicio público.

No practican la tolerancia.

No se percibe que se hayan limitado los viajes en misiones oficiales hacia el extranjero, mientras que no se ven los resultados positivos de los mismos.

Falta mayor producción de normas en beneficio de la comunidad.

Mala praxis en el Hospital Santo Tomás

Con sentencia del 26 de abril de 2016, La Sala Tercera ha condenado al Patronato del Hospital Santo Tomás (Estado panameño) a pagar B/. 225,000.00,  por el mal funcionamiento de los servicios públicos, que ocasionaron la muerte de una joven.

Magistrado ponente: Abel Zamorano.

Hubo una mala praxis.

La Corte dijo: “En conclusión, la entidad pública demandada no tuvo en cuenta la complejidad y el riesgo adecuadamente que implicaba la situación medica de la señora L.N.N., como de las intervenciones quirúrgicas a las que fue sometida y del empeoramiento postoperatorio, de manera tal que ante la falta de oportunidad, la inactividad en el despliegue de todos los medios médicos razonables y la insuficiencia en las ordenes, procedimientos y tratamientos realizados, pese a las evidencias diagnósticas, no hubo una respuesta idónea, necesaria y ponderada a la amenaza irreversible e irremediable que enfrentaba por su cuadro clínico la señora L.N.N. A lo que cabe agregar la insuficiente protección del consentimiento que debía ofrecer la paciente, que no se reduce a una simple formula instrumental, a un mero formato, a una expresión básica, sino que debe comprender en toda su extensión la comprensión de las amenazas y riesgos que debía enfrentar ante la situación médica”.

Este fallo de avanzada debe hacer reflexionar a los hospitales públicos, para que realicen su labor como buenos padres de familia.

Por otro lado expreso que, en sentencia de 3 de diciembre de 2008, la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia precisó que la responsabilidad del Estado en el sector salud, parte de dos premisas fundamentales establecidas en el artículo 109 de la Constitución Política: 1) es función esencial del Estado velar por la salud de la población de la República; y 2) el individuo, como parte de la comunidad, tiene derecho a la promoción, protección, conservación, restitución y rehabilitación de la salud y la obligación de conservarla, es decir, un completo bienestar físico, mental y social. Las dos premisas elementales permiten colegir en acuerdo a la doctrina, que la responsabilidad del Estado en materia de salud, por lo general surge cuando el servicio no se presta y cuando se presta mal o en forma deficiente. En el primer caso, puede ocurrir que alguna persona que demanda un servicio de salud al Estado, no lo recibe. Mientras que en el segundo supuesto, es probable que el servicio de salud se preste en forma deficiente, mal o de manera negligente; esta responsabilidad “resulta de las disposiciones legales que de manera general regulan la institución”; basta que se demuestre que se prestó deficientemente o sencillamente se prestó mal para que se concluya que hubo falla en la prestación del servicio”.

La falta de certeza de castigo

Panamá adolece de la certeza del castigo, para los casos de alto perfil.

Evidencias que motivan el planteamiento.

  1. Los casos contra los Diputados, en la corte suprema de justicia se
    demoran en exceso, el que avanzó, favoreció al diputado y los expedientes electorales contra los mismos, andan en el limbo jurídico.
  2. Las denuncias y/o querellas contra los magistrados de la corte suprema de justicia, que están radicadas en la Asamblea Nacional, están engavetadas.
  3. Algunas personas de alto perfil, involucrados en la otrora administración pública cuestionada, no son sometidos a los rigores procesales.
  4. Los hijos del pueblo, que cometen infracciones, no gozan de las mismas medidas cautelares y de domicilio preventivo transitorio, que los de alto perfil investigados.
  5. Se desconoce de sanciones que la superintendencia de bancos haya emitido por la ejecución de malas prácticas.
  6. Nuestros entes investigativos y fiscalizadores, no funcionan como los de otras latitudes.

 

Mientras que los políticos cuestionados,  sean los mismos que hagan las leyes; Panamá no tendrá un futuro halagüeño.

El Panamá del futuro

 

Como panameño deseamos, que  en un futuro inmediato, Panamá cuente con lo siguiente:

  1. Que haya mucha inversión local y proveniente del exterior. Se revitalice la economía.
  2. Que haya evidente prosperidad para nacionales y foráneos.
  3. El nacional tenga oportunidad de comprar edificios costosos, habitar con su familia y pueda cómodamente pagar su hipoteca.
  4. Los hijos de panameños puedan fácilmente acceder a instituciones escolares de alta calidad, no mayormente los hijos de extranjeros.
  5. Mayor cantidad de panameños tengan acceso a la adquisición de una segunda vivienda para descanso.
  6. Los restaurantes de lujo y lugares de placer, sean utilizados por panameños, mayormente.
  7. El panameño tenga oportunidad efectiva de acceder a préstamos y asesoría para emprender un negocio rentable, estable y para un público de lujo y/o clase media. Los grandes negocios, no sean mayormente para el extranjero.
  8. Exista una política de asignación porcentual de tierras para la venta al foráneo. Que se garantice la tenencia al panameño y a las futuras generaciones.
  9. Puedan llegar extranjeros a invertir, convivir con el panameño y no se note la desigualdad económica, tan marcada actualmente.
  10. El panameño tenga subsidios y asistencia que representen oportunidades para salir de la pobreza.
  11. La justicia se aparte de los intereses políticos.
  12. Exista la justicia y equidad, por el bien mayor del panameño, y no los intereses mezquinos de unos pocos panameños.
  13. Los gobiernos planifiquen, construyan para la mayoría de los panameños, no para los intereses de la partidocracia, de sus donantes, y unos pocos allegados a sus gestiones gubernamentales.
  14. Exista una cultura, desde el gobierno, para acabar con él juega vivo.
  15. La educación sea prioridad del gobierno y que incluya el idioma inglés de carácter obligatorio, para prepararnos a afrontar las nuevas oportunidades comerciales.
  16. Exista un plan maestro de Estado para desarrollar, por ejemplo, un área de desarrollo turístico, de calidad mundial, e invitar empresas extranjeras de gran prestigio para establecerse en la costa atlántica (desde Coclé a Colón), fomentando un área para el desarrollar nuevas fuentes de trabajos (tipo Cancun). Formular proyectos grandes y buscar fuentes de financiamiento internacional, sin vender nuestra soberanía.
  17. Existan planes de Estado a ser desarrollados en los próximos 15 -20 años, repletos de macroproyectos de gran impacto en el desarrollo socioeconómico del país, el principal beneficiario sea el panameño de a pie.
  18. La televisión, que no mostrara tantas novelas, que influyen negativamente en la conciencia del que las ve.
  19. La corrupción sea exhibida publica y ejemplarmente, tanto a nivel gubernamental, político y particular.
  20. Exista una nueva constitución y no prevalezcan los interese mezquinos de una clase o los tres órganos del Estado, que no se cubran los unos a los otros y exista la certeza del castigo.
  21. Existan valores, fuertemente cimentados en la sociedad: amor, honestidad, respeto, integridad, desprendimiento, conmiseración por el compatriota y foráneo, especialmente por el huérfano, la viuda, el desprovisto de recursos y sobre todo la tolerancia.

 

Con la ayuda de todos y tomando buenas decisiones, ese País lo vamos a podemos tener. Dios bendiga a Panamá.

 

La Transparencia

 

La Transparencia en el Estado, significa dar a conocer la información de carácter público que radica en cada ente. De igual forma, tiene que ver con la rendición de cuenta gubernamental.

¿Por qué no somos transparentes, como humanos?

A lo mejor, porque tenemos algo que esconder y en el Estado la omisión, afecta la imagen fuertemente.

Hechos que debilitan la transparencia gubernamental.

  1. El embajador Jhon D. Feeley dijo que lo que denominaron “la organización Waked”, según ellos, abusó del sistema financiero de USA y Panamá, ¿Por qué nadie aquí se dio cuenta de nada?
  2. No se conoce de sanciones, que haya emitido la Superintendencia de Bancos de Panamá, por supuestas infracciones en los procedimientos, incluyendo en el manejo del dinero del PAN.

La honestidad debe obligar a tomar medidas radicales ya.

La extradición del Diputado

“El tratado de extradición con Estados Unidos es de principios del siglo XIX, y el crimen por el que la Corte Suprema estaría solicitando la extradición no es parte del tratado, porque en aquella época no había teléfonos y mucho menos era un delito escuchar conversaciones”, -La vicepresidenta y canciller de Panamá, Isabel de Saint Malo de Alvarado, en un conversatorio en el Council on Foreign Relations de Washington, Estados Unidos-. La vicepresidenta dijo que han estudiado y evaluado el tema, y la situación se presenta “complicada”.

Comentario propio.

La Ley 75 de 1904, aprobó la convención de extradición entre Panamá y Los Estados Unidos de Norteamérica.

Con la misma se conviene en entregarse mutuamente, las personas  que habiendo sido acusadas o condenadas por los delitos en el tratado descrito,  busquen asilo o se encuentren en territorio de la otra.

Es un hecho público  y notorio que el diputado del PARLACEN Ricardo Martinelli Berrocal, reside hoy en día en los Estados Unidos.

El listado de los delitos por las cuales se puede extraditar a un nacional, que consagra el artículo segundo del tratado en cita, contempla los siguiente delitos: el delito de malversación cometida por empleados públicos, el soborno, homicidio y/o crímenes, robo, falsificación de valores, algunos tipos de fraude, perjurio, violación, rapto, sustracción de personas, delitos en el mar, incendio, pero no las interceptaciones.

La acusación que hizo el magistrado Harry Díaz contra Ricardo Martinelli Berrocal contempla supuestos delitos de interceptación de telecomunicaciones sin autorización judicial, pero también, seguimiento, persecución y vigilancia sin autorización judicial, peculado por sustracción o “malversación” y peculado de uso.

Conforme al tratado, ninguna persona entregada, podría ser acusada, enjuiciada o castigada, por otro delito cometido antes de su extradición, que aquel por el cual fue extraditado, salvo que conviniera voluntariamente en ello.

Conforme al tratado no se requiere de la imputación de cargos para extraditar a un nacional, ya que lo que basta conforme al Artículo III, es o la condena o la acusación.

A mi juicio, al tenor del tratado de marras, Ricardo Martinelli Berrocal, si pudiera ser extraditado debido a que ha sido acusado, por un lado y por el otro, se le señala por un supuesto cargo de “malversación”, por ejemplo.

El proceso de extradición pudiera ser harto complicado debido a que por “pinchadas”, no puede extraditarse, de acuerdo al tratado bajo comentario, pero puede ejecutarse la medida en los términos expuestos.

Objeciones al proyecto de Ley 305 (sobre contrataciones públicas)

El proyecto de Ley No. 305 que pretende modificar la normativa de contrataciones públicas, fue aprobado en tercer debate y se encuentra en poder del Órgano Ejecutivo para el trámite de rigor.

El Ejecutivo no puede modificar el proyecto a estas alturas, por mandato constitucional (o lo sanciona o lo objeta).

Constitución

ARTICULO 169. El Ejecutivo dispondrá de un término máximo de treinta días hábiles para devolver con objeciones cualquier proyecto.

Si el Ejecutivo una vez transcurrido el indicado término no hubiese devuelto el proyecto con objeciones no podrá dejar de sancionarlo y hacerlo promulgar.

ARTICULO 170. El proyecto de Ley objetado en su conjunto por el Ejecutivo, volverá a la Asamblea Nacional, a tercer debate. Si lo fuera solo en parte, volverá a segundo, con el único fin de considerar las objeciones formuladas.

Si consideradas por la Asamblea Nacional las objeciones el proyecto fuere aprobado por los dos tercios de los Diputados que componen la Asamblea Nacional, el Ejecutivo lo sancionará y hará promulgar sin poder presentar nuevas objeciones. Si no obtuviere la aprobación de este número de Diputados, el proyecto quedará rechazado.

ARTICULO 171. Cuando el Ejecutivo objetare un proyecto por inexequible y la Asamblea Nacional, por la mayoría expresada, insistiere en su adopción, aquél lo pasará a la Corte Suprema de Justicia para que decida sobre su inconstitucionalidad. El fallo de la Corte que declare el proyecto constitucional, obliga al Ejecutivo a sancionarlo y hacerlo promulgar.

 

Improcedencia del proyecto de marras en mi concepto.

 

  1. Crea una súper figura pública, la Dirección General de Contrataciones Públicas, que puede imponer multas de hasta un 30% del salario bruto mensual del servidor que se considere responsable de infraccionar la normativa, autoriza contratación directa hasta los B/. 300,000.00., hace convenio marco para lo que tenga a bien hacer.
  2. El proyecto de ley 305 minimiza la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, cuando este tratado tiene superior jerarquía; ya que posibilita contratar con empresas sentenciadas por corrupción en el extranjero, violando el tratado en cuestión.
  3. Relaja la seriedad en la presentación de la propuesta, al punto de permitirse la subsanación de aquellos documentos no aportados, siempre y cuando no se trate de documentos ponderables.
  4. Afecta la libre empresa dedicada a la capacitación, debido a que sólo la Dirección General de Contrataciones Públicas, será la única habilitada para certificar las horas de capacitación al año, de los funcionarios de compras.
  5. Aumenta el monto de la contratación menor hasta los 50,000.00, en donde los requisitos de exigencias, son mínimos.
  6. Reduce el monto para la fianza de recurso de impugnación al 10%, para los bienes y servicios, haciendo viable la proliferación de recursos en el Tribunal.
  7. Aumenta los días hábiles para notificar un acto en el sistema virtual, de un día a dos días ahora con la reforma.
  8. Podría demorar la ejecución presupuestaria, ya que por la interposición de un recurso, se suspendería todo, hasta contar con el fallo final del caso.

 

Acciones contra la corrupción

Para mitigar el flagelo de la corrupción en Panamá, deberíamos promover esto:

 

  1. Una mejor rendición de cuenta de parte de los funcionarios que ejercen mando y jurisdicción.
  2. Una mejor fiscalización de parte de la Contraloría, sobre los actos de manejo
    de fondos y bienes públicos.
  3. Una mejor política jurídica en cuanto a las adquisiciones de bienes y
  4. Una adecuada estrategia de información, sobre la necesidad de cultivar los
    valores, en la comunidad.
  5. Una política gubernamental que tienda a fortalecer a la familia, como el
    principal núcleo en la sociedad.
  6. Permitir en mejor medida a la sociedad, a que participe en calidad
    propositiva, en las políticas de Estado.
  7. Incentivar al funcionario a que cumpla el código de ética de su entidad, practique valores y a las empresas particulares a promoverlos.
  8. Fortalecer las vías, para que los medios de comunicación social, puedan
    seguir divulgando, sin presión alguna, los hallazgos que encuentre, de manera
    veraz y objetiva.
  9. Motivar a los ministros de Estado y a todos los directores y administradores
    de entidades, a hacer pública su declaración jurada de bienes patrimoniales,
    para que el pueblo las fiscalice.
  10. Que por transparencia, la Corte Suprema de Justicia, suba a la web, la
    cantidad de los expedientes que estén en los despachos de los magistrados de la Corte Suprema (sin entrar en las generalidades de los expedientes), así como el tiempo en que están allí.
  11. Elevar a delito la evasión fiscal.
  12. Hacer que la ley electoral permita a la ciudadanía conocer quiénes son los donantes privados, en las campañas electorales.
  13. Crear normas que incentiven y protejan al denunciante.
  14. Fortalecer nuestro sistema de justicia, haciendo la reingeniería que corresponda inclusive.

 

El País donde No Pasa Nada

 

  1. Un ejecutivo de SAP admitió haber sobornado a funcionarios panameños para lograr la adjudicación de un contrato en 2009 y en Panamá no pasa nada.
  2. En el extranjero por el mal llamado caso de los Panamá Papers, se han tomado decisiones serias y en Panamá no pasa nada.
  3. Un magistrado de la corte dice que hay operadores judiciales que venden fallos y en Panamá no pasa nada.
  4. Un magistrado de la corte en horas laborales, se le ve en las oficinas de un grupo empresarial investigado por blanqueo de capitales y en Panamá no pasa nada.
  5. Algunos políticos no han justificado su fortuna y en Panamá no pasa nada.
  6. Gravitan denuncias contra magistrados en la Asamblea Nacional, los diputados obvian el tema y en Panamá no pasa nada.
  7. Los casos contra los diputados en la corte no prosperan y en Panamá no pasa nada.
  8. Persiste la justicia selectiva y en Panamá no pasa nada.
  9. El órgano judicial cambia algunas medidas cautelares severas establecidas por el Ministerio Público, por absurdas y en Panamá no pasa nada.
  10. En otros países se prohíbe a las empresas corruptas a participar en sus actos públicos y en Panamá no pasa nada.
  11. El señor contralor, no audita la administración de las
    partidas circuitales y en Panamá no pasa nada.
  12. Ha quedado en evidencia, la frágil sanción que gravita contra de los Defraudadores del Fisco conforme a nuestro sistema y en Panamá no pasa nada.
  13. Funcionarios cobran el sueldo pero no van a sesionar (diputados) y en Panamá no pasa nada.
  14. Servidores públicos, han quedado en evidencia por haber infraccionado normas y en Panamá no pasa nada.

Expectativas ciudadana, luego de dos años de la elección.

 

¿Que deseamos, como prioridad?

 

  1. Que cese la justicia selectiva, pero que haya certeza del castigo para los infractores de la norma.
  2. Que se convoque la asamblea constituyente paralela.
  3. Que se reactive la economía a un mejor ritmo.
  4. Que cese la proliferación de viajes de los funcionarios.
  5. Que baje la canasta básica.
  6. Que se fortalezca la seguridad ciudadana.
  7. Que conozcamos a los funcionarios que ejercen mando y jurisdicción, por sus obras ejecutadas.
  8. Que se fortalezcan los valores en la sociedad, empezando por campañas en los medios de comunicación, auspiciadas por el gobierno.
  9. Mejor transparencia y rendición de cuentas en el manejo de la cosa pública.
  10. Un mejor sistema normativo, de adquisiciones de bienes y servicios.
  11. Que se conjuguen planes creíbles y prácticos para minimizar la desigualdad económica y de género.
  12. Que se siga permitiendo el ejercicio sin censura, de la libertad de expresión, en todas sus facetas.
  13. Que se impulse una política gubernamental que tienda a fortalecer a la familia, como el principal núcleo en la sociedad.