Es inaudito que el IMA
haya adjudicado, más de 90 contratos a un sólo proveedor (los medios así lo han
dicho). Esto a mi juicio pudiera ser una desviación de poder censurable y
punible.
haya adjudicado, más de 90 contratos a un sólo proveedor (los medios así lo han
dicho). Esto a mi juicio pudiera ser una desviación de poder censurable y
punible.
El nepotismo es un detalle.
¿Qué es la desviación de poder?
Es la emisión
o celebración de
un acto administrativo con apariencia
de estar ceñido a derecho, pero que se ha adoptado por motivos o para fines
distintos a los señalados en la ley. (Ley 38 de 2000).
o celebración de
un acto administrativo con apariencia
de estar ceñido a derecho, pero que se ha adoptado por motivos o para fines
distintos a los señalados en la ley. (Ley 38 de 2000).
La Sala Tercera de la Corte ha dicho que
las autoridades administrativas actúan con una finalidad ilegítima al expedir
actos de su competencia, al menos en los siguientes casos:
las autoridades administrativas actúan con una finalidad ilegítima al expedir
actos de su competencia, al menos en los siguientes casos:
1.-Cuando
el acto se expida obedeciendo a un móvil de tipo personal, como un interés
privado o el espíritu de venganza.
el acto se expida obedeciendo a un móvil de tipo personal, como un interés
privado o el espíritu de venganza.
2.-
Cuando el acto se expide por un móvil político ilegítimo como cuando, se toma
la decisión con el único objeto de perjudicar a un adversario político y
Cuando el acto se expide por un móvil político ilegítimo como cuando, se toma
la decisión con el único objeto de perjudicar a un adversario político y
3.-
Cuando el móvil del acto es el interés de un tercero, lo cual se produce cuando
la decisión está dirigida a favorecer a un particular en detrimento de otro.
Cuando el móvil del acto es el interés de un tercero, lo cual se produce cuando
la decisión está dirigida a favorecer a un particular en detrimento de otro.
(Cfr. Sentencia de 3 de mayo de 1994 de la
Sala Tercera).
Sala Tercera).
Por su parte, el artículo 162 de la ley 38 de 2000, reza que los recursos
podrán fundarse en
cualquier infracción del ordenamiento
jurídico, incluyendo la desviación de poder.
podrán fundarse en
cualquier infracción del ordenamiento
jurídico, incluyendo la desviación de poder.
El Ministerio Público, ya debiera oficiosamente iniciar una
investigación en este caso y seguir el derrotero del PAN.
investigación en este caso y seguir el derrotero del PAN.
Declaro que el reglamento del programa para
la solidaridad alimentaria, creado mediante Decreto Ejecutivo No. 64 de 2007,
por el otrora presidente Martín Torrijos y que ha permitido estas contrataciones por invitación, tiene visos de ilegalidad, ya
que la ley de contratación pública, (ley 22 de 2006) no permite esto. Las
adquisiciones de este programa, violan a mi juicio, directamente esta ley 22,
de manera grosera.
la solidaridad alimentaria, creado mediante Decreto Ejecutivo No. 64 de 2007,
por el otrora presidente Martín Torrijos y que ha permitido estas contrataciones por invitación, tiene visos de ilegalidad, ya
que la ley de contratación pública, (ley 22 de 2006) no permite esto. Las
adquisiciones de este programa, violan a mi juicio, directamente esta ley 22,
de manera grosera.
Deja un comentario