Error del ministro de la presidencia del gobierno anterior, genera pérdidas millonarias

Error del ministro de la presidencia del gobierno anterior, genera pérdidas millonarias

Con sentencia de la Corte de la sala tercera, del tres (3) de enero de dos mil trece (2013) de la Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo de la Corte Suprema de Justicia, se DECLARA QUE ES NULA POR ILEGAL la Resolución No. 1 de 23 de enero de 2006, emitida por el Ministerio de la Presidencia; DECLARA RESPONSABLE al Estado Panameño por el incumplimiento del Contrato No. UP-UCP/143-2001 del 20 de marzo de 2001 y se CONDENA al Estado panameño, por conducto del Ministerio de la Presidencia, a pagar a la Sociedad Constructora del Istmo S.A., conforme consta en autos, la suma de TRES MILLONES DE BALBOAS CON 00/100 (B/.3,000,000.00), en concepto de daños y perjuicios.
¿En qué consistió el error del ministerio?
Con la Resolución No. 1 de 23 de enero de 2006, emitida por el Ministro de la Presidencia, se rescindió administrativamente el Contrato No. PD-UPC/143-2001 del 20 de marzo de 2001, para el diseño, construcción y mantenimiento para la pavimentación de la Carretera Panamericana, Tramo: Tortí-Agua Fría No. 1, generando pérdidas para la empresa.
En la fase de mantenimiento de la obra, fue cuando la Administración le comunicó al contratista que la obra tenía los siguientes defectos: piel de cocodrilo, ondulaciones transversales, baches, desprendimientos de agregados, porosidades acentuadas.
Según los dictámenes periciales, se determinaron dentro del expediente en la Corte, que el diseño original aprobado por el Ministerio de Obras Públicas, estructuralmente no soportaba los camiones con exceso de carga, aunado a las deficiencias del drenaje y a la falta de mantenimiento de la obra, fueron las causantes del daño.
Siendo esto así, el contratista, según la Corte,  no incumplió con el contrato, porque cuando la Administración tomó la decisión de rescindirlo, el contratista estaba realizando las actividades correspondientes a esta fase de mantenimiento, de acuerdo a las especificaciones técnicas establecidas en el pliego de cargos.
En este caso se observa nítidamente como por el producto de los errores de los funcionarios, hacen que el erario pierda sumas dinerarias, que pudieran ser invertidas en obras de interés social.
Vaticino que nadie quedará preso por esto.
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