Cuando indemniza el Estado a un gobernado

Cuando indemniza el Estado a un gobernado

No es poco común que un ciudadano se sienta afectado por un mal servicio ejecutado por un servidor público u oficina del Estado.

Si la falla en el servicio se da, la persona afectada, tiene varias caminos a seguir, uno es la de presentar una demanda por reparación directa a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.

La Corte ha dicho en cuanto a la responsabilidad extracontractual del Estado, que ésta surge cuando concurren tres elementos a saber:

 
1. La falla del servicio público por irregularidad, ineficiencia o ausencia del mismo;
 
2. El daño o perjuicio;
 
3. La relación de causalidad directa entre la falla del servicio público y el daño. (Ver sentencia de 2 de febrero de 2009)

Luego que el Estado pague, surge una lesión patrimonial que los funcionarios responsables deberán afrontar con sus bienes, ante el Tribunal de Cuentas.

Todo funcionario debe comprender, que si comete errores y el Estado los afronta económicamente, tendrá que responder con su peculio personal, hasta saldar la deuda.

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