Archivar en enero 6, 2012

Es inconstitucional el quitarle la estabilidad a los jueces en Panamá

En días pasados, el Magistrado Alejandro Moncada fue electo nuevo Presidente de la Corte Suprema de Justicia. En su discurso de toma de posesión, señaló que impulsará una modificación con respecto al período de los administradores de justicia: “Entre otras cosas vamos a ponerles a los Magistrados de Tribunales Superiores y Jueces diez años definidos, pasado ese período se hará una evaluación y si la evaluación es positiva, entonces se les dará 10 años más, pero no vamos a mantenerlos eternos en los puestos”.
Comento yo, que esta decisión trazada, a mi juicio, es INCONVENIENTE e INCONSTITUCIONAL, por lo siguiente:

1. Violaría directamente por comisión, el ARTÍCULO 46 DE LA CARTA MAGNA, toda vez, que la nueva ley no puede tener efecto retroactivo.
2. Violaría la doctrina de los derechos adquiridos, de los operadores de justicia.
3. Violentaría la estructura de la Carrera Judicial existente al momento en que los operadores de justicia accedieron a los cargos, conforme al Artículo 305 constitucional.
4. Violentaría el Artículo 300 de la Carta Magna que permite la estabilidad en los puestos de los funcionarios, condicionado a los méritos, a la competencia, lealtad y la moralidad.

Por lo antes expuesto, manifiesto mi preocupación al intento de eliminarle la estabilidad de los Jueces y Magistrados, salvo la comisión de alguno, de una acción típica, antijurídica y culpable (delito).

LOS FUNCIONARIOS DESCONOCEN DE CONTRATACIÓN PÚBLICA

Las entidades públicas deben mejorar sus conocimientos al momento de realizar contrataciones en el Estado. La estadística oficial que emitió el Tribunal Administrativo de Contrataciones Públicas en el año 2010, es enfática, al definir que solo el 27% de los casos tramitados, fueron confirmados. Es decir, que la mayoría de los casos, ventilados, le fueron adversos, a las entidades del Estado.

http://www.tribunaldecontrataciones.gob.pa/WebSite/index.php?page=estadisticas&tab=res

Por otro lado, de la lectura de todos los fallos de diciembre de 2011, del Tribunal de Contrataciones, arrojaron el siguiente resultado: 15 decisiones en contra del Estado y solo 3 en favor.

PRINCIPALES OBSTÁCULOS QUE ENFRENTAN LAS MUJERES EN POLÍTICA

Por: Dr. Ernesto Cedeño Alvarado
Twitter @ernestocedeno

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en su informe sobre la participación política de las mujeres en las Américas, identificó los principales obstáculos que enfrentan las mujeres para ejercer sus derechos políticos y acceder a los puestos de poder en condiciones de igualdad. A continuación los mismos:
‐ Los prejuicios y estereotipos de género y formas de discriminación presentes en las sociedades americanas que les impiden el acceso a los puestos de poder; que les restringen la posibilidad de opciones de incursionar en el ámbito político; y el desempeño exitoso de sus cargos;
‐ Las desventajas socioeconómicas, como el acceso limitado de las mujeres al financiamiento para las campañas y en la contienda a cargos públicos;
‐ El desconocimiento de las mujeres de sus derechos políticos, especialmente en áreas rurales y marginadas;
‐ Las distintas formas de violencia que anulan e impiden el ejercicio de todos los derechos humanos por parte de las mujeres, incluyendo su derecho a incursionar en la vida política, y a ejercer su derecho al voto;
‐ Desafíos apremiantes en la implementación de medidas especiales de carácter temporal a nivel nacional y hemisférico;
‐ Obstáculos que impiden a las mujeres el acceder y ser votadas en las urnas;
‐ Desafíos para promover una mayor participación de las mujeres al interior de los partidos políticos; y
‐ La situación particularmente grave de las mujeres indígenas y afrodescendientes, entre otros desafíos.

¿Que hay que hacer, para eliminar los obstáculos políticos hacia las mujeres? Conforme al informe en cita, y adaptado en este sentido, para Panamá.

1. Crear leyes y políticas públicas especiales, dirigidas a mujeres indígenas y afrodescendientes, que tomen en cuenta sus necesidades y obstáculos para ingresar a la vida política.
2. El adoptar todas las medidas necesarias, incluidas las reformas legislativas necesarias y las asignaciones presupuestarias, para garantizar la plena participación de las mujeres en cargos públicos y de representación política con el fin de alcanzar la paridad en todos los ámbitos y niveles de gobierno.
3. El cambiar la cultura política de los partidos políticos para lograr una distribución más equitativa del poder, que requiere sensibilizar a las dirigencias políticas e invertir en la formación de liderazgos femeninos.
4. Institucionalizar canales de participación en donde las mujeres puedan contribuir de forma sustantiva en el diseño, desarrollo e implementación de políticas públicas y programas a favor de la igualdad de género, en los distintos ámbitos de gobierno e instancias del poder público.
5. Que el gobierno adopte medidas públicas para redefinir las concepciones tradicionales sobre el rol de las mujeres en la sociedad, y promover la erradicación de patrones socioculturales discriminatorios que impiden su acceso pleno a los cargos públicos y las instancias de decisión. (Ejemplo: la mujer solo es buena para los oficios domésticos).

MEDIDAS EN FAVOR DE LAS MUJERES

Algunos puntos importantes del informe de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS de octubre de 2011, sobre la participación política de la mujer

129. De la información proporcionada por diversas fuentes estatales y no
estatales, la CIDH ha identificado una serie de avances en la adopción de medidas especiales de carácter temporal en la región. Entre dichos avances destacan el aumento en la representación femenina en los tres poderes estatales (ejecutivo, legislativo y judicial), gracias a la emisión de leyes que establecen un porcentaje mínimo o máximo de mujeres en los cargos de elección popular, mejor conocidas como “leyes de cuotas” y el reconocimiento de la obligación de los Estados de adoptar medidas especiales de carácter temporal para garantizar la presencia de las mujeres en la toma de decisiones. Asimismo, la existencia de sanciones en caso de incumplimiento de las leyes de cuotas y de mecanismos para que se rectifiquen los registros de candidaturas, como apercibimientos, amonestaciones públicas y multas a los partidos políticos representan un avance para el cumplimiento de estas leyes.
131. No obstante estos avances, la Comisión observa que todavía existen
desafíos importantes para lograr la igualdad de jure y de facto de las mujeres en la vida pública. Entre los principales desafíos identificados, se encuentra la implementación efectiva de las medidas especiales de carácter temporal, como las leyes que establecen cuotas de género. En este sentido, se han reportado la falta de sanciones en caso de incumplimiento y mecanismos de monitoreo de estas leyes, así como la interpretación desfavorable hacia las mujeres de dichas leyes por las autoridades judiciales o electorales.
Por otra parte, la Comisión nota con preocupación que todavía persisten en la región resistencias de los gobiernos y los partidos políticos para implementar dichas medidas, especialmente para adoptar leyes de cuotas y financiar candidaturas femeninas. Estas resistencias se deben, en gran medida, a la percepción que todavía impera de la política como un “ámbito masculino”. Por lo tanto, otro de los grandes desafíos en la región es modificar los patrones socioculturales que discriminan a las mujeres y fomentan percepciones equivocadas sobre sus capacidades para gobernar y participar en la vida pública.
143. La Comisión nota que en la mayoría de los países que han implementado cuotas, éstas sólo operan para cargos de elección popular pero no para puestos públicos obtenidos a través de la designación. En este sentido, sólo algunos países como Colombia, Panamá y Ecuador han establecido la obligación legal de incluir mujeres en cargos de designación. Por lo tanto, la CIDH insta a los Estados a ampliar las medidas especiales de carácter temporal para asegurar la participación de las mujeres en todos los ámbitos de gobierno (legislativo, ejecutivo y judicial), así como en los distintos niveles del Estado (federal, estatal y municipal).

Medias en favor de las mujeres

Algunos puntos importantes del informe de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS de octubre de 2011, sobre la participación política de la mujer

129. De la información proporcionada por diversas fuentes estatales y no
estatales, la CIDH ha identificado una serie de avances en la adopción de medidas especiales de carácter temporal en la región. Entre dichos avances destacan el aumento en la representación femenina en los tres poderes estatales (ejecutivo, legislativo y judicial), gracias a la emisión de leyes que establecen un porcentaje mínimo o máximo de mujeres en los cargos de elección popular, mejor conocidas como “leyes de cuotas” y el reconocimiento de la obligación de los Estados de adoptar medidas especiales de carácter temporal para garantizar la presencia de las mujeres en la toma de decisiones. Asimismo, la existencia de sanciones en caso de incumplimiento de las leyes de cuotas y de mecanismos para que se rectifiquen los registros de candidaturas, como apercibimientos, amonestaciones públicas y multas a los partidos políticos representan un avance para el cumplimiento de estas leyes.
131. No obstante estos avances, la Comisión observa que todavía existen
desafíos importantes para lograr la igualdad de jure y de facto de las mujeres en la vida pública. Entre los principales desafíos identificados, se encuentra la implementación efectiva de las medidas especiales de carácter temporal, como las leyes que establecen cuotas de género. En este sentido, se han reportado la falta de sanciones en caso de incumplimiento y mecanismos de monitoreo de estas leyes, así como la interpretación desfavorable hacia las mujeres de dichas leyes por las autoridades judiciales o electorales.
Por otra parte, la Comisión nota con preocupación que todavía persisten en la región resistencias de los gobiernos y los partidos políticos para implementar dichas medidas, especialmente para adoptar leyes de cuotas y financiar candidaturas femeninas. Estas resistencias se deben, en gran medida, a la percepción que todavía impera de la política como un “ámbito masculino”. Por lo tanto, otro de los grandes desafíos en la región es modificar los patrones socioculturales que discriminan a las mujeres y fomentan percepciones equivocadas sobre sus capacidades para gobernar y participar en la vida pública.
143. La Comisión nota que en la mayoría de los países que han implementado cuotas, éstas sólo operan para cargos de elección popular pero no para puestos públicos obtenidos a través de la designación. En este sentido, sólo algunos países como Colombia, Panamá y Ecuador han establecido la obligación legal de incluir mujeres en cargos de designación. Por lo tanto, la CIDH insta a los Estados a ampliar las medidas especiales de carácter temporal para asegurar la participación de las mujeres en todos los ámbitos de gobierno (legislativo, ejecutivo y judicial), así como en los distintos niveles del Estado (federal, estatal y municipal).

Medidas en favor de las mujeres

EL CAMINO HACIA UNA DEMOCRACIA SUSTANTIVA: LA
Algunos puntos importantes del informe de la COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS de octubre de 2011, sobre la participación política de la mujer

129. De la información proporcionada por diversas fuentes estatales y no
estatales, la CIDH ha identificado una serie de avances en la adopción de medidas especiales de carácter temporal en la región. Entre dichos avances destacan el aumento en la representación femenina en los tres poderes estatales (ejecutivo, legislativo y judicial), gracias a la emisión de leyes que establecen un porcentaje mínimo o máximo de mujeres en los cargos de elección popular, mejor conocidas como “leyes de cuotas” y el reconocimiento de la obligación de los Estados de adoptar medidas especiales de carácter temporal para garantizar la presencia de las mujeres en la toma de decisiones. Asimismo, la existencia de sanciones en caso de incumplimiento de las leyes de cuotas y de mecanismos para que se rectifiquen los registros de candidaturas, como apercibimientos, amonestaciones públicas y multas a los partidos políticos representan un avance para el cumplimiento de estas leyes.
131. No obstante estos avances, la Comisión observa que todavía existen
desafíos importantes para lograr la igualdad de jure y de facto de las mujeres en la vida pública. Entre los principales desafíos identificados, se encuentra la implementación efectiva de las medidas especiales de carácter temporal, como las leyes que establecen cuotas de género. En este sentido, se han reportado la falta de sanciones en caso de incumplimiento y mecanismos de monitoreo de estas leyes, así como la interpretación desfavorable hacia las mujeres de dichas leyes por las autoridades judiciales o electorales.
Por otra parte, la Comisión nota con preocupación que todavía persisten en la región resistencias de los gobiernos y los partidos políticos para implementar dichas medidas, especialmente para adoptar leyes de cuotas y financiar candidaturas femeninas. Estas resistencias se deben, en gran medida, a la percepción que todavía impera de la política como un “ámbito masculino”. Por lo tanto, otro de los grandes desafíos en la región es modificar los patrones socioculturales que discriminan a las mujeres y fomentan percepciones equivocadas sobre sus capacidades para gobernar y participar en la vida pública.
143. La Comisión nota que en la mayoría de los países que han implementado cuotas, éstas sólo operan para cargos de elección popular pero no para puestos públicos obtenidos a través de la designación. En este sentido, sólo algunos países como Colombia, Panamá y Ecuador han establecido la obligación legal de incluir mujeres en cargos de designación. Por lo tanto, la CIDH insta a los Estados a ampliar las medidas especiales de carácter temporal para asegurar la participación de las mujeres en todos los ámbitos de gobierno (legislativo, ejecutivo y judicial), así como en los distintos niveles del Estado (federal, estatal y municipal).