La libre postulación para el cargo de presidente, podría ser utilizado por el lavandero político; quien sólo aspiraría al alto cargo, por el deseo de lavarle la ropa “imagen”, a un partido político tradicional desprestigiado o para que éste lo prohijara en una nómina presidencial.
Por su parte, cualquier partido político tradicional, estaría tentado a minar la libre postulación, apoyando económicamente a algún aspirante, poco reconocido, con el único objetivo de que ocupara uno de los tres espacios ( o sino todos) que por ley, podría ocupar un independiente para las elecciones generales del 2019.
Existe la posibilidad, que cada uno de los tres oficialmente proclamados candidatos independientes para el cargo de Presidente, alcancen mayor respaldo de firmas que la cantidad que el código electoral le exige a un partido político tener, para poder constituirse legalmente en Panamá.
Asevero que bajo mi óptica, es inconstitucional, que sólo se permitan las candidaturas de hasta tres aspirantes a la presidencia por la libre postulación que más respaldo tengan, pues a los partidos no se les exigen tales presupuestos.
Igualmente inconstitucional sería, que sólo pudieran postular para presidente, los tres partidos políticos que más adherentes tuvieran, debido a que la Constitución no establece limitación alguna.