Las manifestaciones y la libertad de expresión

Las manifestaciones y la libertad de expresión

 

La libertad de expresión es indispensable para la formación de la opinión pública. Es también condición para que la comunidad, a la hora de ejercer sus opciones, esté suficientemente informada.
Si una persona se considera afectada por el uso, o si fuere el caso, por el abuso, del derecho comentado; no le da derecho a hacerse su justicia por su propia mano, ya que tendrá el derecho, en democracia, de interponer, las acciones legales que correspondan, contra el presunto agresor.
Las recientes manifestaciones perpetradas hacia el diario La Prensa

, (lugar sitiado por camiones) nos motiva a reflexionar sobre el grado de acción que deben tener nuestras autoridades, para repeler unas actividades, que pudieran considerarse, como intimidantes, por parte de manifestantes.

En efecto, el estudio de las normas legales existentes, son determinantes, para concluir que las autoridades panameñas, tenían la OBLIGACIÓN

, de auxiliar a los que estaban dentro de la corporación, e incluso para proteger los bienes del medio informativo; no obstante, no percibimos muchos, en este sentido, un accionar pronto, PREVENTIVO y eficaz, de parte de los personeros del tránsito y de la policía, como demandaba la circunstancia. Esto es censurable y no debiera repetirse.

Constitución
ARTICULO 17. Las autoridades de la República

están instituidas para proteger en su vida, honra y bienes a los nacionales dondequiera se encuentren y a los extranjeros que estén bajo su jurisdicción; asegurar la efectividad de los derechos y deberes individuales y sociales, y cumplir y hacer cumplir la Constitución y la Ley.

Código Administrativo
ARTÍCULO 931. Todos los empleados de Policía tienen el imprescindible deber, bajo la responsabilidad de la ley, de defender contra las vías de hecho a todas las personas residentes en el territorio de su jurisdicción o en el que deban hacer su servicio. Protegerán a las personas, su libertad, su honor y su tranquilidad, no sólo cuando su auxilio sea solicitado, sino en todo caso en que lleguen a descubrir que por vías de hecho se trama o atenta contra cualquiera persona o contra sus derechos individuales.
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