pensión vitalicia para los evenenados del dietilenglicol

pensión vitalicia para los evenenados del dietilenglicol

Adjunto el link en donde está el proyecto de ley de pensión VITALICIA, a los envenenados del dietilenglicol. El proyecto es bueno, a mi juicio, no obstante, lo cuestionable es el artículo 1 que obliga al beneficiario a renunciar de las demandas contra el Estado, por el hecho administrativo acaecido, para poder optar a la pensión. Una buena redacción podría ser la siguiente.

REDACCIÓN PROPIA

“Artículo 2-A. La Caja de Seguro Social otorgará una pensión vitalicia de carácter especial, a todas las víctimas reconocidas por intoxicación masiva con dietilenglicol o a sus familiares dependientes, en caso que aquellas hubiesen fallecido producto de la intoxicación por dietilenglicol, como compensación por las afectaciones producidas. En el evento de que al Estado se le condene como responsable de la intoxicación en mención, éste podrá descontar, de la suma total a la que esta obligado a indemnizar, los aportes otorgados.
La Institución se subrogará en los derechos a exigir el resarcimiento de lo pagado a los que resulten responsables de este hecho.

REDACCIÓN QUE ESTA EN EL PROYECTO DE LEY.

“Artículo 2-A. La Caja de Seguro Social otorgará una pensión vitalicia de carácter especial, a todas las víctimas reconocidas por intoxicación masiva con dietilenglicol o a sus familiares dependientes, en caso que aquellas hubiesen fallecido producto de la intoxicación por dietilenglicol, como compensación por las afectaciones producidas, previa renuncia a la interposición de demandas indemnizatorias contra la Caja de Seguro Social y/o al Estado, en cuyo caso, la Institución se subrogará en los derechos a exigir el resarcimiento de lo pagado a los que resulten responsables de este hecho.

http://www.asamblea.gob.pa/apps/seg_legis/PDF_SEG/PDF_SEG_2010/PDF_SEG_2012/PROYECTO/2012_P_473.pdf

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