El magistrado presidente de la Corte Suprema de Justicia, Alejandro Moncada Luna, junto con el magistrado Harry Díaz, defendieron en televisión, el proyecto de ley No. 438 presentado ante la Asamblea Nacional de Diputados, alegando que éste, ayudará a evitar la corrupción.
Argumentaron que el proyecto de ley consabido era vital, para combatir el flagelo ut supra (antes descrito).
Si el problema es aniquilar a los jueces presuntamente corruptos, y no se tiene fe en el sistema, específicamente en los superiores jerárquicos que juzgan a los operadores de justicia investigados; lo que se debiera hacer es lo siguiente:
1. Establecer un tribunal arbitral independiente con abogados de afuera del órgano judicial, escogidos al azar, luego de llenado un perfil serio, para ventilar cada causa en particular. Estos no serian funcionarios, para que no delimiten su criterio a la permanencia del cargo. El órgano judicial les pagaría sus honorarios a los árbitros, a través de partidas presupuestarias.
2. Precisar el sistema penal acusatorio, en los procesos, para todos los operadores de justicia, investigados.
3. Subir en la página web del órgano judicial, un sistema, en donde se aprecie, con claridad meridiana, la cantidad de expedientes y el tiempo que los tiene en su despacho, cada operador de justicia de tribunal colegiado y/o unitario.
4. Reducir en una ley, el término para ventilar las causas, de los investigados.
5. Permitir la denuncia anónima, sin firma, de los particulares, la cual seria evaluada, previamente por el tribunal arbitral para definir, prima facie (en primera instancia), si hay causa para iniciar la investigación ex (de) oficio.
Podrían ensayarse otras opciones, incluso mejores de las expuesta aquí, pero lo que es cierto, es que el proyecto de ley No. 438, mejor conocido como el “Proyecto Moncada” es a mi juicio inconstitucional, en una medida, toda vez, que algunos de sus artículos, cercenan la seguridad jurídica de los operadores de justicia; los derechos adquiridos y sobre todo, el régimen de carrera judicial, que existía al momento en que ingresaron a brindar el servicio, dentro de la administración de justicia.
¡No hay nada oculto, que no haya de salir a la luz¡
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