Por: Dr. Ernesto Cedeño Alvarado
Twitter @ernestocedeno
1. Reconocer solo derechos posesorios, en estos territorios, a las personas naturales y no a las personas jurídicas. Fortalecería sólo el derecho social de los pobres.
2. Establecer restricciones de traspasos de los derechos posesorios de los titulados, por un término de 10 años. Frenaría la especulación de millonarios detrás de las titulaciones.
3. Permitir sólo el otorgar títulos gratuitos de hasta de 500 metros cuadrados o hasta una hectárea si se demuestra que existe un negocio de subsistencia dentro del metraje señalado.
4. Reconocer el control previo de la Contraloría General que esta recogido en la Constitución Política en el Art. 280 en la titulación de estas tierras. A mi criterio todas las titulaciones que se están emitiendo sin la aprobación de la Contraloría General, tienen visos de ilegalidad, por que no cuentan con el refrendo de este ente del Estado. La Contraloría por virtud de lo que establece la Ley 32 de 1984 podría, si quisiera, eximir de control previo, a estas titulaciones, pero lo podría hacer, motu propio y no por imposición de ningún otro Órgano del Estado.
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