Salvo los amigos de la ACODECO, un sector importante de la sociedad panameña pensamos que los artículos de primera necesitad, están por las nubes. Una ayuda a la población podría ser, la implementación de una tasación férrea, de los artículos de primera necesidad, conforme lo permite el numeral 1 del Artículo 284 constitucional. Para el resto de los productos regiría, la libre oferta y demanda, en toda su extensión, a contrario sensu, de los mencionados artículos, en donde el principio de la libre oferta y demanda, imperará a la reversa.
El artículo supremo, reza como sigue:
Artículo 284- El Estado intervendrá en toda clase de empresas, dentro de la reglamentación que establezca la Ley, para hacer efectiva la justicia social a que se refiere la presente Constitución y, en especial, para los siguientes fines:
1.Regular por medio de organismos especiales las tarifas, los servicios y los precios de los artículos de cualquier naturaleza, y especialmente los de primera necesidad.
Debe hacerse esto de manera rápida, pues la medida del pan por peso, ha encarecido este insumo para el pueblo, excepto para la ACODECO; la tarifa de taxis se acaba de aumentar y en diciembre se acaba el subsidio del METROBUS para los usuarios.
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